Por: Iván Ortega López
Socio de Laos, Aguilar, Limas & Asociados Abogados
Nuestro estudio de Abogado a lo largo de sus 30 años de existencia ha visto, lamentablemente, muchos juicios entre hermanos y/o herederos por el patrimonio dejado por sus padres, resquebrajando la unidad familiar.
Es por ello, que nuestro estudio, RECOMIENDA a nuestros clientes otorgar un testamento, evidentemente con la asesoría de nuestra área corporativa[1], garantizándoles privacidad, confidencialidad y explicándoles las ventajas de vuestras decisiones testamentarias.
Ventajas del otorgamiento del Testamento por Escritura Pública:
- Evitar los juicios de sus herederos por las propiedades,
- Regularizar las situaciones de sus propiedades, dejándolos en orden y sin potenciales problemas para sus hijos y/o herederos,
- Identificar el patrimonio (bienes, derechos, cuentas de ahorros, acciones, vehículos) así como seguros de vida,
- Puede disponer un tercio (1/3) para mejorar algún hijo o disponerlo a favor de un tercero o alguna organización filantrópica,
- Puede disponer legados a favor de personas o pensiones alimentarias con cargo a la herencia,
- Puede designar un albacea titular y otro suplente quien se encargará de ejecutar su última voluntad testamentaria,
- Puede revocar y/o modificar el testamento cuantas veces lo considere necesario, así como su contenido.
Desventajas de no otorgar testamento:
- Sus hijos y/o herederos tiene que iniciar un proceso de Sucesión Intestada sin perjuicio de contingencias por rectificaciones de sus partidas de nacimiento,
- Sus hijos y/o herederos no puede disponer inmediatamente de sus bienes y/o patrimonio, porque previamente deben tramitar el punto precedente,
- Evita discusiones sobre la repartición de los enseres y bienes de la casa o sobre las propiedades.
[1] Nuestros abogado del área corporativa son: Javier Aguilar Montero (jaguilar@lal.com.pe), Romina Suyón Cuadros (rsuyon@lal.com.pe) , Iván Ortega López (iortega@lal.com.pe).