Por: Por: Iván Ortega López
Socio de Laos, Aguilar, Limas & Asociados Abogados
- PREÁMBULO:
La primera mitad del siglo XX, nuestro círculo de juristas, dio luz a los abogados de mayor renombre en la historia del Derecho Peruano, no solo brillaron por su intelectualidad, sino por su moralidad, ejemplo, sacrificio y amor por la profesión, nombres como José León Barandiarán, Jorge Eugenio Castañeda, Manuel Augusto Olaechea, Mario Alzamora Valdez, Ulises Montoya Manfredi, Luis Bramont Arias y más recientemente Max Arias Schereiber, Felipe Osterling Parodi, Lucrecia Maisch Von Humbolt, Delia Revoredo y una lista finita, son continuos referentes en toda clase de derecho y argumento jurídico ante los Jueces.
Sin embargo, ese rayo de luz que alumbró nuestro derecho fue poco a poco apagándose, aunque aparecen, hoy en día, profesionales intelectuales, ya no tienen la trascendencia de aquellos, el motivo: “La vocación ha sido sustituida por el materialismo, la fama y el oportunismo”. Coincido con Fernando de la Rúa[1] cuando nos dice que “la superficialidad, la ligereza y la ignorancia de los profesionales sin responsabilidad son tan nocivos a la Justicia y a la sociedad como un mal médico lo es a la salud del cuerpo.
Hemos experimentado, en los últimos quince años, un cambio en la forma de ser de un abogado, en el cambio de la currícula universitaria – de un enfoque deontológico y social a un enfoque práctico y empresarial – y que sumado a una escasa cultura de valores en el mundo actual ha originado que los actuales Abogados más piensen en cómo obtener dinero rápido, ganar ascensos y fama que buscar Justicia o argumentar la verdad jurídica. Spranger nos enseña que “cuando más colma una profesión la vida del hombre, tanto más define su relación total con el mundo”.
Mario Alzamora Valdez, gran procesalista y jurista peruano, nos enseñó que son dos las raíces de la profesión del Abogado: LA VOCACIÓN que fluye de lo más hondo del alma y EL NÚCLEO DE VALORES como son la justicia, la vida, la libertad, la salud, que constituyen su objetivo.
Sintetizando los argumentos expuestos, encontraremos al binomio Abogado-Justicia y para ello citaremos a Maurice Garcón[2]: “ ¡Cuántas confidencias hay que escuchar! A cuántos hay que consolar, ¡cuántas tristezas e inquietudes hay que clamar!. Pero entre tantos dramas humanos e íntimos el Abogado se halla investido de una misión magnífica: Desempeña una profesión donde quien la ejerce está avocado a su magnánima labor, rodeado de solicitudes, tentaciones y peligros.
Sin embargo, es preciso decirlo hay abogados que no cumplen la misión fundamental de la profesión y cual persecución de la fama y las ventajas económicas suele ser más vigorosa que su afán de lucha por la justicia… “(Sic).
- ROL DE ABOGADO EN EL SIGLO XXI: REENCUENTRO CON SUS ORÍGENES, RESPONSABILIDAD SOCIAL, COMPROMISO CON LA JUSTICIA.
Tengo fe que nuestra carrera profesional pueda ser encausada, nuevamente, a valores que debemos impulsar y recuperar nuestra imagen frente a la sociedad peruana, así tenemos:
2.1 LA SOLIDARIDAD: Juan Monroy Gálvez en un excelente ensayo sobre la Abogacía[3] se hace, asimismo, la siguiente pregunta, que es válida para todos los que queremos ser verdaderos Abogados: ¿Tenemos remedio? Para empezar, el ejercicio de la abogacía exige regularmente solidaridad, comprensión, empatía y sacrificio. La abogacía es el permanente ejercicio de alguna virtud. Por tanto, cumplir cabalmente con nuestra misión es acercarse a Dios.
Pues bien, esta solidaridad se manifiesta en dos caras indivisibles: Deber-Derecho. Es un “deber” por cuanto el Abogado, antes de ello, es una persona humana, integrante de una sociedad e hijo de Dios, y como tal obligado a ayudar, con sus conocimientos, aptitudes físicas y relaciones sociales para contribuir con los más necesitados o inclusive cautelar los derechos de una persona donde aprecie o constate un acto de injusticia o ilegalidad o violación de un derecho fundamental. En este aspecto la solidaridad de Abogado debe empezar por ejercer una gratuita al año, tal como lo prescribe el artículo 288º inciso 12) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y que por oscuros designios nunca se ha cumplido y que a través del presente artículo intento rescatar. Es un “derecho”, por cuanto, desde que el universitario se gradúa como Abogado, la sociedad y el Estado le han conferido aquella atribución de solucionar casos jurídicos y prevenir conflictos, consecuentemente el Abogado tiene el derecho de ser el instrumento para el logro de estos fines y buscar la paz social[4].
Recordemos que unos de los casos jurídicos que originó un cambio en el derecho penal, fue el juicio contra Luisa Ménard por hurto famélico en 1898, allí el Tribunal de Chateau-Tierry, a cargo del Juez Magnaud, contra la opinión jurídica, decretó el sobreseimiento de la causa. En la actualidad ha desaparecido el hurto famélico, pero hay otra clase de hambre, como diría Juan Pablo II[5]: HAMBRE DE FE. Y esa hambre de fe, tiene como orígenes, entre otros, la injusticia, la ilegalidad, la corrupción, la falta de solidaridad de los profesionales, quienes hacen oídos sordos y de ceguera ante llamados de mujeres víctimas de violencia familiar, de niños violados, de ancianos reclamando pensiones, denuncias de contaminación ambiental sumado a una justicia lenta, así como contradictoria.
2.2 LA ÉTICA PROFESIONAL: La ética profesional y social desarrollada como concepto a finales del Siglo XX, surge como consecuencia de la desesperada, así como feroz lucha del hombre con su peor enemigo: El hombre. La gran capacidad, conocimiento y habilidad que el ser humano demuestra para destruir su entorno, sumada a la incapacidad de ciertos gobernantes, autoridades y profesionales, para prevenir, detener o aminorar esta autodestrucción, nos obliga, más que nunca, a la urgente necesidad de implantar, y quizá exigir, un comportamiento ético social en la que el hombre – en nuestro caso el Abogado- busque la justicia en términos de equidad y reciprocidad, utilizando y ejerciendo valores que deben ser irrenunciables como son la justicia, la libertad, la igualdad, la verdad, la honestidad, la tolerancia y la humanidad.
De allí que la responsabilidad social del Abogado, como ejercer una causa gratuita al año, tiene una finalidad más allá de lo normativo e ideal, es rescatar los pasos perdidos. Su recompensa es lograr el reconocimiento de la sociedad y el agradecimiento del prójimo. Sentirse bien consigo mismo.
2.3 COMPROMISO CON LA JUSTICIA Y LA PAZ: Conocemos que no existe una justicia absoluta, en palabras del maestro Kelsen, en vista que este ideal de justicia es irracional, ya que desde lo racional, solo somos capaces de vislumbrar con existencia el conflicto de intereses y actuar en consecuencia con una justicia relativa.
La nueva imagen del Abogado debe estar vinculado al buscar individual y colectivamente un interés superior: LA PAZ SOCIAL. Normativamente se encuentra regulado en el Código Procesal Civil, sin embargo esta paz social va más allá del cuerpo procesal citado. Somos conscientes que la “paz social” se encuentra conectado a otras políticas como la económica (reducción de la pobreza, mayor oferta de trabajo y elevación de la calidad de vida), la política de gestión pública (transparencia de la utilización de los recursos públicos y lucha contra la corrupción) y las políticas de concertación y desarrollo sostenible (entre los diferentes poderes del Estado y gobiernos de poder, como nacional, regional y municipal, incluyendo a la Iglesia y sociedad civil) así como la hoy denominada, inclusión social, pero debemos empezar por nosotros, por nuestra profesión. No tenemos otra excusa.
De allí que es necesario retomar el verdadero sentido de la profesión, su razón de ser y volcarlo, nuevamente, a nuestros jóvenes abogados.
Hagamos de nuestra vocación, algo memorable y digna.
[1] Citado por César Alberto Arce Villar en su artículo “La Abogacía: entre la virtud o la tentación”
[2] Ob. cit.
[3] Juan Monroy Gálvez. Los Abogados tenemos remedio. En la Formación del Proceso Peruano, escritos reunidos, Comunidad 2003.
[4] Fines del proceso e integración de la norma procesal. –
[5] Discurso en su visita al Perú en el distrito de Villa El Salvador